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GOBIERNO Y CIUDADANOS

Para la Constituyente. El tema es la relación entre el Gobierno y los ciudadanos. Entre el Estado y los ciudadanos. Entre el Poder y los ciudadanos. Entre el Poder Público y los ciudadanos. Entre las ramas del Poder Público y los ciudadanos. Entre las Gobernaciones y el ciudadano. Entre las Alcaldías y el ciudadano. Entre los Concejos Municipales y el ciudadano. Entre las Juntas Comunales y el ciudadano. En resumen: toda relación del ciudadano con cualquier instancia de poder.

Abogo por clarificar más la relación Estado vs Ciudadano; Gobierno vs Ciudadano. Eliminar, como relación básica y preeminente, la que sustenta la “moribunda”: Estado vs Grupo; Gobierno vs Grupo. El sistema de relación sostenidamente contradictorio en la Constitución de 1.961 debe ser revisado y cambiado. Se establecen deberes y derechos individuales; pero por encima de ellos está el grupo. Esa inconsistencia, también hay que revisarla, a mi entender, y así lo sugiero, ejerciendo mi derecho a opinar, participar y contribuir al bienestar general.

Ha sido tan distorsionada la relación llevada hasta el momento, que en la “moribunda” se establece, por ejemplo, que “el idioma oficial” es el castellano; pero los comerciantes venden cualquier tipo de objeto con documentación en otros idiomas y, a pesar de la denuncia, no cumplen y nada les pasa.

La “moribunda” señala que los Municipios no podrán gravar los productos de la agricultura, la cría y la pesquería de animales comestibles con otros impuestos que los ordinarios sobre detales de comercio; sin embargo, hasta las Asociaciones de Ganaderos, con anuencia oficial, hoy día, cobran “su impuesto”. La cadena de “pagos” es asombrosa.

La “moribunda” establece que los Municipios podrán ser agrupados en Distritos. Existiendo tales Distritos fueron borrados sin justificación. Ahora hay, necesariamente, que reducir los Municipios. ¿Quien paga esos errores y ese derroche de recursos y tiempo?.

Todos tenemos el derecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier entidad o funcionario público, sobre los asuntos que sean de la competencia de éstos y a obtener oportuna respuesta. Este derecho ciudadano fué totalmente distorsionado por una Ley, Ley de Procedimientos Administrativos, según la cual la no respuesta es negación de la petición; pero, además, si pasa cierto tiempo, perdió el derecho individual y Constitucional. Ningún tribunal ha actuado ante semejante atropello y negación de derecho.

La organización política y territorial de la República debe ser competencia del Poder Nacional únicamente con sugerencias examinadas y valoradas, expresas, escritas, de las poblaciones involucradas mediante referéndum; de los Consejos Municipales, mediante la resolución correspondiente; de los Distritos por escrito de su Prefecto; del Gobernador, razonada y escrita; de la Asamblea Legislativa ( de existir) por acuerdo calificado. Evitemos la anarquía.

 8-Agosto-1.999

 


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Lic. Nelson Maica C        nmaicac@starmedia.com      

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