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GOBIERNO Y CIUDADANOS Para
la Constituyente. El tema es la relación entre el Gobierno y los ciudadanos. Entre el
Estado y los ciudadanos. Entre el Poder y los ciudadanos. Entre el Poder Público y los
ciudadanos. Entre las ramas del Poder Público y los ciudadanos. Entre las Gobernaciones y
el ciudadano. Entre las Alcaldías y el ciudadano. Entre los Concejos Municipales y el
ciudadano. Entre las Juntas Comunales y el ciudadano. En resumen: toda relación del
ciudadano con cualquier instancia de poder. Abogo
por clarificar más la relación Estado vs Ciudadano; Gobierno vs Ciudadano. Eliminar,
como relación básica y preeminente, la que sustenta la moribunda: Estado vs
Grupo; Gobierno vs Grupo. El sistema de relación sostenidamente contradictorio en la
Constitución de 1.961 debe ser revisado y cambiado. Se establecen deberes y derechos
individuales; pero por encima de ellos está el grupo. Esa inconsistencia, también hay
que revisarla, a mi entender, y así lo sugiero, ejerciendo mi derecho a opinar,
participar y contribuir al bienestar general. Ha
sido tan distorsionada la relación llevada hasta el momento, que en la
moribunda se establece, por ejemplo, que el idioma oficial es el
castellano; pero los comerciantes venden cualquier tipo de objeto con documentación en
otros idiomas y, a pesar de la denuncia, no cumplen y nada les pasa. La
moribunda señala que los Municipios no podrán gravar los productos de la
agricultura, la cría y la pesquería de animales comestibles con otros impuestos que los
ordinarios sobre detales de comercio; sin embargo, hasta las Asociaciones de Ganaderos,
con anuencia oficial, hoy día, cobran su impuesto. La cadena de
pagos es asombrosa. La
moribunda establece que los Municipios podrán ser agrupados en Distritos.
Existiendo tales Distritos fueron borrados sin justificación. Ahora hay, necesariamente,
que reducir los Municipios. ¿Quien paga esos errores y ese derroche de recursos y
tiempo?. Todos
tenemos el derecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier entidad o
funcionario público, sobre los asuntos que sean de la competencia de éstos y a
obtener oportuna respuesta. Este derecho ciudadano fué totalmente distorsionado por
una Ley, Ley de Procedimientos Administrativos, según la cual la no respuesta es
negación de la petición; pero, además, si pasa cierto tiempo, perdió el derecho
individual y Constitucional. Ningún tribunal ha actuado ante semejante atropello y
negación de derecho. La
organización política y territorial de la República debe ser competencia del Poder
Nacional únicamente con sugerencias examinadas y valoradas, expresas, escritas, de las
poblaciones involucradas mediante referéndum; de los Consejos Municipales, mediante la
resolución correspondiente; de los Distritos por escrito de su Prefecto; del Gobernador,
razonada y escrita; de la Asamblea Legislativa ( de existir) por acuerdo calificado.
Evitemos la anarquía.
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Lic. Nelson Maica C nmaicac@starmedia.com |