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SUBSIDIO 1 ALIMENTICIO. Sí el Gobierno, quien gestiona y ejecuta todas las acciones
necesarias para conseguir los fines del Estado, debe destinar una parte de los
ingresos para subsidiar aquellos productos indispensables para evitar la
desnutrición del pueblo. Estamos todos de acuerdo con esto. Se hace en casi todos los
países del mundo. Hay ejemplos externos. Buenos y Malos. Aquí
también se hace, con fallas y se ha convertido, en ocasiones, en una catapulta, en
un productor de nuevos "millonarios". ¿Quiénes serán los
"moisés", en este invierno?. El
subsidio, a mi juicio, debe estar fundamentado en reglas sencillas y claras. El Gobierno,
por medio de uno de sus Ministros compra y vende. No delega. Es su responsabilidad
directa. Compra y vende un reducido número de alimentos. Aquí se llama "cesta
básica" pero eso es un "mercadito". El número de productos debe ser
reducido e indispensable para evitar la desnutrición, por ejemplo máximo de siete(7)
productos. Venta racionada; por ejemplo, un kilo por persona. Precio fijo: al 50% del
mercado. Lugar de venta: todos los expendios de alimentos y, en lejanías, la comisaria,
junta comunal, autoridad civil más cercana. AGRICOLA
Y PECUARIO. El subsidio alimenticio debe ir acompañado de un subsidio a los
productores del campo que proveen los 7 alimentos indispensables únicamente.
Asignado a todos los Municipios proporcionalmente a su extensión territorial para
estimular su poblamiento y producción. Los precios de todos los componentes de esa
producción deben estar regulados por el estado, todos los componentes, tierra, capital,
trabajo, instalaciones, insumos, etc., para quienes producen esos 7 alimentos
indispensables. Esos productores deben ser privilegiados. El "mercado" fija los
precios de todos los demás productos. La
aplicación de estos subsidios debe ser supervisada, inspeccionada en sitio, cada 2 meses.
El informe respectivo debe ir a dos lugares únicamente: local y nacional. Los precios
para los 7 productos no hortícolas se fijan con 1 y 1/2 años de anticipación y rigen
durante un año. Los precios de la leche, huevos, carnes(rojas y blancas) se fijan con 2
años de anticipación y rigen un año. Estos precios son para toda la cadena, desde que
se produce hasta que se consume. Los
productores, dueños o no de las tierras en donde se producen los 7 alimentos considerados
como indispensables, deben ser objeto de vigilancia especial, control, asesoramiento,
financiamiento, evaluación semestral, para asegurar la producción. De no cumplir, en 2
años, deben ser expropiados por el gobierno con pago de sus bienes a precio de mercado y
vendidos; también, pueden ser excluidos del programa gubernamental y obligados a cancelar
sus deudas con sus bienes. El Gobierno rotará, en su oportunidad, el o los alimentos de
acuerdo a las investigaciones y resultados. Deben
existir sólo dos autoridades para la planificación y ejecución de los subsidios; una,
nacional, el Comité o Comisión Nacional de Subsidios a la nutrición y el campo; la
otra, local, Comité o Comisión Municipal de Subsidios a la nutrición y al campo.
Municipio en el sentido territorial. Los planes se originan en el municipio y deben
ser aprobados, para su ejecución, por el nivel nacional Agropecuario y por el
Ministro de Hacienda con 2 años de anticipación a su ejecución. La ejecución de ambos
dura 1 año. Todos los precios tienen de vigencia 1 año. La finalidad del gobierno es impedir la
desnutrición de la población. Esta es una forma. Cada Gobierno le imprime su modo. Hay
que simplificar, planificar y producir.
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Lic. Nelson Maica C Página Principal nmaicac@starmedia.com |