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GOBIERNO  II

Constitucional, por supuesto; porque los  hay “no constitucionales” y se les llama “dictaduras” ó, también, gobierno “impuesto”. ¿Y el gobierno constitucional no es, acaso, también, impuesto?. ¿Hay algún gobierno  natural?. Veamos.

Partimos de un supuesto casi de perogrullo: casi todos los gobiernos constitucionales se originaron, lentamente, de gobiernos no constitucionales. Entonces hay una historia. Hay comienzos. Hay cambios permanentes.

Constitución esta identificada y relacionada con normas, con prescripciones, con leyes. Esas normas, leyes, en su conjunto, reflejan una estructura. ¿Y cuándo ó cómo se puede decir  que una constitución es más pura o menos pura que otra?. ¿Buena, regular, mala?. ¿En dónde ubicamos la constitución de 1.961?. ¿Dónde ubicaremos la nueva constitución que está en proceso de redacción?. ¿Dónde ubicamos el proyecto de constitución presentado por el ciudadano Presidente de Venezuela?.

Las leyes (normas, prescripciones, etc.) que rigen e integran la estructura del sistema político de un país tienen su origen en su propia evolución histórica, por imposición ó importadas mediante un sistema ó mecanismo de imitación. Ello hace pensar que las normas y las estructuras tienen limitada autonomía. ¿Cuán limitada es la autonomía del sistema político venezolano?.

Si por ésta vez y en éste escrito entendiéramos la política como un proceso, como el procedimiento de una sociedad para resolver sus conflictos, habría que entender que las leyes, en un sistema político, en nuestro sistema político, son políticas, repito, las leyes son políticas cuando: a. se les incorpora a una política específica y b. todo el sistema político está organizado en base a los principios sustentados en esas leyes. ¿Estamos claros?.

El gobierno constitucional lo ubicamos en donde todo el sistema político está organizado en base a los principios sustentados en sus leyes. Sistema político y leyes que cambian cuando ganan o pierden vigencia. Cuando el soberano, que es el pueblo, les da o quita vigencia, legitimidad y cuando la estructura les da o quita legalidad ó cuando es conquistado, invadido.

Un sistema político lo podemos identificar, también, por el énfasis que hace en el uso de un determinado tipo de ley. De procedimientos, tipos de política y participación, por enumerar algunos.

La ordenación de las leyes ha tenido y tiene consecuencias importantes en la organización y estructura del gobierno dado que la actividad política mucho tiene que ver con los procedimientos; pero la finalidad política y el nivel de participación es tanto o más importante que la ordenación de las leyes.

Introducir estructuras nuevas y probarlas en un sistema político es costoso en cuanto a recursos políticos y, casi siempre, los políticos, sobre todo quienes promueven los cambios constitucionales, presentan las estructuras de manera “maquillada” para  bajar esos grandes costos. ¿Alguna semejanza?. ¿Existe algún gobierno natural?.

¿Será posible incorporar conceptos, tales como: eficiencia, legitimidad, legalidad, en la nueva constitución?. ¿Cuánto de liberal, autoritario, democrático y participativo será el gobierno que se defina en la nueva constitución?.

¡ Participemos en la organización del gobierno que queremos ¡.

 8-Agosto-1.999

 


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