CREACION DE LA PROVINCIA VICTOR FAJARDO
El congreso de la republica peruana, mediante la ley nro 1306. Art 1.- Dividase la provincia de Cangallo, del departamento de ayacucho, en dos secciones que formaran el nombre de Cangallo, teniendo por capital la ciudad del mismo nombre, y que que comprendera los distritos de cangallo huambalpa, vischongo, paras, los pueblos de quispillacta, canchacancha y la hacienda chacolla del distrito chusch, asi como los pueblos de totos,paras, aros y ayuta del distrito de totos, con sus limites actuales. Otra que llevara el nombre de fajardo, teniendo por capital el pueblo de huancapi, y que comprendera los distritos de canaria, hualla, colca, huancaraylla, carapo y sancos con sus limites actuales; comprendiendo


ademas a los distritos que se crean por la presente ley. Art.- Crease los distritos de sarhua y vilcanchos, en la siguiente forma: el de sarhua teniendo por capital este ultimo. El distrito de vilcanchos que comprendera los anexos de cocas, urucancha, espite y el pueblo de vilvanchos que sera su capital. Cuminicase al poder ejecutivo, para que disponga lo conveniente a su cumplimiento: dada la sala de sesiones del congreso,en lima a los 25 dias del mes de octubre de 1910 Antero Aspillaga (presidente del senado) Antonio Miroquesada, presidente de la camara de diputados ; Juan c. Peralta secretario senado, M. irigoyen Vidaurre diputado secretario. AL EXCMO SEÑOR presidente del a republica - por tanto mando, se imprima publique y circule y se le de el debido cumplimiento- dado en la casa de gobierno, en lima a los 14 dias del mes de noviembre de 1910. A.B Leguia - Enrique g. Basadre.