MANIFIESTO POR UNA CIVILIZACIÓN SOLIDARIA
L.J. Lebret O.P.
II
DOMINIO SOBRE LOS BIENES Y PROPIEDAD: PROBLEMA PRIMORDIAL

 

Los grandes conflictos actuales de la' humanidad están relacionados con doctrinas diferentes respecto al dominio sobre los bienes. El capitalismo y los socialis­mos están en oposición directa a este respecto: las opcio­nes van desde las posiciones extremas del capitalismo liberal a aquellas del comunismo en experiencia, mientras que el "Tercer Mundo"', debido en parte a las for­mas de empresa empleadas durante mucho tiempo por los países desarrollados sobre los bienes de los países subdesarrollados, se opone a Occidente y tiende a ele­gir fórmulas inspiradas en los ejemplos ruso y chino.

No es por lo tanto inútil, a fin de tomar posición frente a las grandes fuerzas que hoy se oponen, recordar los principios elaborados a través de los siglos por los mora­listas occidentales cristianos. Al expresar exigencias de derecho natural o directamente derivadas del derecho natural, ellos no hacen sino precisar ciertos puntos de ética universal.

Ante todo y por encima de toda forma de apropiación, los bienes materiales están ordenados hacia la uti­lidad del hombre y de todos los hombres. Es por lo tan­to de derecho natural fundamental que todo hombre pueda beneficiarse de esos bienes en la medida necesaria al cumplimiento de su destino humano.

Del destino objetivo y universal de los bienes nace el derecho de los individuos, de los grupos sociales y de los pueblos pobres a reclamar su parte. Todo régimen económico, toda forma jurídica de apropiación que se oponga a ello, está en contradicción con el derecho natu­ral esencial y con la justicia distributiva fundamental.

La necesidad de valorizar los bienes de la natura­leza bruta, por una parte, y las exigencias de la vida social, por la otra, han llevado, históricamente ‑‑las so­ciedades a intercalar entre los bienes de la naturaleza: por sí comunes a todos, y los hombres tornados uno a uno o en grupos más o menos extendidos‑ a modos con­cretos de repartición y de apropiación.

Estos modos, variables según la zona y a través del tiempo, son solamente medios con relación al destino universal de los bienes. Su valor ético debe estimarse dentro de esa perspectiva: será tanto mayor en cuanto conceda a cada uno más libertad, más responsabilidad, más seguridad.

Todo modo de apropiación de los medios de producción incluye una dimensión social: destinar los produc­tos a todos aquellos que los necesitan. Dicho de otra manera, la apropiación tiene siempre una finalidad co­munitaria que las autoridades sociales deben hacer res­petar cuando nació hace la iniciativa privada. Este prin­cipio, valedero en las sociedades elementales, no lo es menos en los peldaños siguientes de la organización social hasta el plano supra‑nacional y luego internacio­nal, en la medida en que progresan las comunicaciones.

Según la naturaleza de los recursos, el nivel técnico, las circunstancias históricas, tal o cual modo de apropiación parcial puede ser preferible: apropiación personal o familiar; apropiación privada asociativa, de sociedad o comunitaria; apropiación por una colectividad pública de cualquier grado que sea. Estas tres formas de apro­piación pueden por otra parte entremezclarse o yuxtaponerse, en dosis variadas según el país o la época.

La apropiación colectiva absoluta o muy extendida reduce excesivamente la libertad humana, la iniciativa creadora, y la elasticidad necesaria a los mecanismos económicos. Se vuelve fatalmente opresora y su opre­sión desborda rápidamente lo político para extenderse a lo cultural y a lo espiritual. Someta al hombre, ínte­gramente, a proyectos de poderío material.

La apropiación privada absoluta, o casi absoluta, de la totalidad de los medios de producción choca; y hasta se opone, hoy día, a los imperativos de la coope­ración coordinada con miras a la expansión económica, expansión a su vez subordinada a la satisfacción de las necesidades de consumo de todas las capas sociales y de todas las poblaciones. La apropiación privada oculta también, a menudo, la desapropiación progresiva de nu­merosos poseedores quienes, aislados, terminan por per­der todo dominio sobre los medios de producción. Su poder de pequeño o de gran propietario desaparece de hecho frente a la concentración del‑poder económico en manos de poseedores más importantes. Esta concentra­ción, exigida por la escala misma de las empresas, hace imposible las más de las veces, o ilusorio, el acceso de las masas al ejercicio de la propiedad sobre los instrumentos de producción.

EL DERECHO DE PROPIEDAD SEGUN SANTO TOMAS

El derecho positivo puede, por lo tanto, limitar por razones de bien común, el campo de la apropiación pri­vada de los medios de producción y fijarle las cargas comunitarias en aquellos sectores donde puede efecti­vamente servir al bien común. Pero hay mucha distan­cia entre la limitación y la obligación de someterse a las finalidades sociales, y la supresión radical de "oasis de libertad" y del enrizamiento social que ciertos mo­dos de la propiedad privada garantizan.

Conviene destacar que, uno de los más grandes pen­sadores de la civilización occidental, Tomás de Aquino, en su obra cumbre, la Suma Teológica, toma los justifi­cativos de la propiedad de su utilidad social. Se les puede resumir de esta manera: mejor gestión, mayor rendimiento, paz social. En consecuencia, si sucede que ciertos regímenes de propiedad, en ciertas fases de evo­lución técnica y de modos de vida colectiva, lejos de asegurar esos objetivos, los contradicen, es necesario condenarlos y preconizar las formas de dominio sobre los bienes que los aseguren.

Es claro, por tanto, que, en ciertos casos, algunas limitaciones de la propiedad por medio de controles públicos, por una orientación o la designación de la implantación y hasta de, la especie de industria y tipo de establecimiento, por la creación o la apropiación de actividades, por parte de las colec­tividades pueden ser hoy, en algunos países, indispen­sables para responder a las finalidades atribuidas a la propiedad. De esta manera, por ejemplo, la apropiación de terrenos para edificación por parte de una municipa­lidad puede parecer la solución más eficaz para impedir la especulación de loteadores y la excentricidad de cier­tos barrios mal atendidos.

A los antiguos argumentos en defensa de la propie­dad, se han venido a agregar: la salvaguardia de la liber­tad personal y la seguridad económica de la familia. Pero puede darse que la propiedad en ciertos casos tam­bién esté en contradicción con estas justificaciones.

La casa que se posee puede ligar excesivamente a ciertos lugares de trabajo o de falta de. trabajo; el pequeño campo que se posee puede no bastar ya para vivir decente­mente cuando las dimensiones del mercado han crecido; el pequeño taller, el pequeño negocio, la pequeña explo­tación agrícola pueden ser de muy baja potencia produc­tiva y enmascarar una desocupación disfrazada cuando se impondría una alta productividad.

En una sociedad moderna, la libertad y la seguridad pueden, no sin ciertos riesgos por cierto, quedar asegu­radas más eficaz y universalmente por otros medios de dominio sobre los bienes que la propiedad. Se puede uno preguntar pues si un examen serio de la defensa de la propiedad estrictamente considerada no reduciría con­siderablemente su campo de aplicación, sobre todo si, como en el caso concreto actual, resulta que el creci­miento de las poblaciones es tal que la producción de la tierra, de las industrias y de los servicios debe aumen­tar en proporciones gigantescas y que las seguridades fundamentales deben en muchos casos buscarse median­te una organización colectiva, cuando no comunitaria.

Esto no quiere decir que un gran sector de apropia­ción privada no deba ser conservado, sino que el problema general de dominio sobre los bienes debe volver a ser examinado en función de las necesidades de la hu­manidad y de la salvaguardia óptima de la libertad per­sonal.

EL PROBLEMA SE HA EXTENDIDO AL PLANO MUNDIAL

Este problema que, a causa de las dificultades de comunicación, no se planteaba en el pasado sino en el plano de unidades territoriales restringidas, se plantea hoy con urgencia en el plano mundial. Partiendo de ese hecho, la ética y la práctica dé los intercambios en­tre los pueblos deben ser reconsiderados. La humanidad entera tiene derechos sobre las materias primas poseí­das por un pueblo sin tener por ello el derecho de escla­vizar a ese pueblo, ni el derecho de despilfarrar en bene­ficio de unos pocos, o para finalidades de destrucción, recursos cuyo destino es el bien de todos.

La humanidad toda entera tiene el derecho de bene­ficiarse del adelanto científico y técnico a fin de ate­nuar las carencias alimenticias y de otros tipos de las dos terceras partes de sus miembros y de responder a su aumento numérico.

La humanidad desprovista tiene el derecho de espe­rar de la humanidad provista aquella asistencia técnica y financiera que le permita escapar a la regresión y ad­quirir, por medio de un trabajo más productivo, la posi­bilidad de cubrir sus necesidades esenciales.

Dicho en otra forma, el dominio sobre los bienes por el solo medio de la propiedad, debe en muchos casos ser suplantado por el dominio sobre los bienes por medio del ejercicio de poderes coordinados jurídicamente en función del bien común de las sociedades particulares y de la comunidad universal.

Si las fuerzas que dominan hoy el mundo no son capaces de resolver los problemas así planteados, conviene rechazar su dominación.

Hoy en día el re‑examen de las posiciones cristia­nas referentes al dominio sobre los bienes ya está en` marcha, dejando a salvo tanto la necesidad personal de libertad y de responsabilidad como la necesidad colec­tiva de un orden económico y social renovado. De aho­ra en adelante, el obstáculo no vendrá más de los pen­sadores cristianos sino de hábitos mentales todavía co­munes y de residuos jurídicos del orden pasado.



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