PREGUNTAS Y RESPUESTAS ACERCA DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

¿Qué es una Convención?

En el campo del derecho internacional, es el acuerdo celebrado entre los Estados para la atención de ciertos y determinados asuntos. Generalmente cuando estos acuerdos se celebran entre dos o más Estados, recibe el nombre de Tratado, pero cuando lo hacen por medio de organismos como las Naciones Unidas (ONU) o la Organización de Estados americanos (OEA), reciben el nombre de Convención. Es decir, los Estados miembros de estos organismos "convienen" en celebrar ciertos y determinados acuerdos que tienen un doble efecto. Por una parte, el Estado signatario se obliga ante la comunidad internacional al cumplimiento de ese acuerdo y, por otra parte, también se obliga ante sus propios ciudadanos con relación al derecho convenido. Lo primero ocurre con la firma del Tratado o convención y, lo segundo, mediante la ratificación nacional de cada Estado a través de los procedimientos legales que rigen en cada uno de ellos.

Ejemplos de Tratados son los que suscriben los países entre si, como por ejemplo los de Libre Comercio, Tráfico de Personas y bienes, de Ayuda y Cooperación mutua, de Extradición, etc.

En ocasiones estos tratados involucran a más de un Estado, como por ejemplo, la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC) o el Tratado de Asunción que dio origen al MERCOSUR, por citar algunos.

Dentro del Sistema de las Naciones Unidas existen siete instrumentos relacionados con los derechos de las personas. Dos de ellos son de carácter general, y los cinco restantes son específicos. Ellos son:

*El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

*El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

*Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial.

*Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes.

*Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

*Convención sobre los derechos del niño.

*Convención internacional sobre derechos humanos de los trabajadores inmigrantes y sus familias.

Eso quiere decir que, una vez aprobada la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, pasará a constituirse en el octavo instrumento del Sistema de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

¿Cómo se elabora una Convención?

Cuando algún Estado miembro de la ONU plantea la necesidad de elaborar una Convención, la Secretaría General, resolución de por medio, dispone la creación de un Comité Especial (Ad Hoc), que se encargará de realizar las consultas y las investigaciones correspondientes a fin de determinar sobre la conveniencia de dicha propuesta. Una vez determinada la necesidad de contar con una Convención, se procede a la elaboración de su contenido para lo cual, este comité Especial cuenta con el asesoramiento de los organismos especializados de las Naciones Unidas así como con las instituciones y entidades de la sociedad civil. Una vez elaborado el documento y completada las tres lecturas que exige el Reglamento, se remite a una comisión de Redacción para adaptarlo a las formas y estilos de rigor, con lo cual el documento ya queda listo para el tratamiento y aprobación de la Asamblea General.

Sin embargo, este procedimiento descrito en forma suscinta y sencilla, tiene una gran complejidad y puede demorar varios años. El proceso para la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad se inició en el año 2001. No es tarea fácil concensuar todos y cada uno de los artículos debido a la diversidad de intereses, culturas y posiciones sobre un mismo tema. Por ejemplo, la definición de la discapacidad puede tener tantas variantes como opiniones existan. Además, en ocasiones el significado de una palabra o concepto varía de acuerdo al idioma o, en otros casos, no tienen equivalencias.

Por otra parte, en un proceso como la Convención siempre se trata de llegar al máximo consenso, lo que evidentemente es muy complicado en un organismo que tiene actualmente 191 miembros.

¿Cómo surgió la idea de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad?

 

Como antecedente más próximo podemos citar la iniciativa de los representantes de Italia y suecia en la década de los ochenta, que concluyeran con la adopción de las Normas Uniformes para la Igualdad de oportunidades para las Personas con Discapacidad, aprobada en el año 1993.

En el año 2001 se celebró en Durban, Sudáfrica, la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, y en esa oportunidad la Delegación de México presentó una propuesta para elaborar una Convención Internacional para promover y proteger los derechos humanos y la dignidad de las personas con discapacidad.

Esta iniciativa recibió un fuerte y decidido apoyo del Instituto Interamericano sobre Discapacidad (IID), mediante una intensa campaña dirigida hacia las organizaciones de personas con discapacidad para que realizaran acciones de incidencia a favor de la convención.

A pesar de que existen numerosos instrumentos legales internacionales y nacionales que protegen a las personas con discapacidad, la realidad nos demuestra que la mayoría de ellas (unas seiscientas millones en todo el mundo), viven en total exclusión del uso y disfrute de sus derechos más elementales.

¿Quiénes participan en su elaboración?

El comité Especial está integrado por los Delegados de los países miembros y delibera bajo la Presidencia de uno de ellos. En las primeras Sesiones también participaron representantes de Organizaciones de personas con discapacidad, tanto Regionales como Mundiales, en calidad de observadores. Asimismo, estuvieron presentes los representantes de los Organismos especializados de las Naciones Unidas.

Los primeros documentos bases para la discusión surgieron luego de los cinco Seminarios regionales que se realizaron durante el año 2002. Dichos Seminarios fueron en Quito, Ecuador; Johannesburgo, Sudáfrica; Beirut, Líbano; Bruselas, Bélgica y Bangkok, Tailandia. En estos eventos participaron representantes oficiales de los países, dirigentes de las Organizaciones de personas con discapacidad y delegados de las Naciones Unidas.

En la Segunda reunión del Comité Especial, realizada en el año 2003, se constituye el International Disability Caucus (IDC), compuesto por representantes de organizaciones e instituciones vinculados con la discapacidad, con la finalidad de realizar acciones de incidencia mediante importantes aportes para el texto de la Convención.

También en esta Reunión se decide la conformación de un Grupo de Trabajo mixto compuesto por 40 miembros representando a los Estados y a las ONGs de las personas con discapacidad.

De esta manera quedan constituidos los principales actores de este proceso al que se incorporan los representantes de las personas con discapacidad con el lema: "Nada sobre nosotros, sin nosotros".

¿En qué etapa se encuentra?

Entre los meses de enero y Febrero del año 2006, se llevó a cabo la VII Sesión del comité Especial, en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York. Finalizó de este modo la segunda lectura del documento base de la Convención y queda pendiente la tercera y última lectura que se realizará durante el mes de Agosto del año 2006, con lo cual quedará concluido el documento base de la convención y será remitido a la Comisión de Redacción a fin de que elabore el instrumento que será sometido a la aprobación de la Asamblea General, posiblemente este mismo año, en la 61ª Sesión Ordinaria.

Esta VII Sesión tuvo la particularidad de que hubo una intensa participación en los debates y propuestas de parte de los Representantes de las organizaciones de personas con discapacidad de los países del hemisferio Sur, especialmente de Latinoamérica, gracias al ProyectoSur impulsado por el Instituto Interamericano sobre discapacidad (IID) y Handicap International (HI). De esta manera se logró incorporar a la convención las propuestas e inquietudes de las personas con discapacidad que viven en los países del Sur, por medio de los representantes de sus organizaciones. Se estima que el ochenta por ciento de las personas con discapacidad viven en los países menos desarrollados y, sus dirigentes no habían participado masivamente en el debate hasta entonces.

¿Cuál es su estructura y contenido?

El borrador de la convención tiene la siguiente Estructura y contenido:

Preámbulo

Primera parte

1. Propósito

2. Definiciones

3. Principios generales

4. Obligaciones generales

5. Igualdad y no discriminación

6. Mujeres con discapacidad

7. Niños con discapacidad

8. Toma de conciencia respecto a la discapacidad

9. Accesibilidad

Segunda parte

10. Derecho a la vida

11. Situaciones de riesgo

12. Igual reconocimiento como persona ante la ley

13. Acceso a la justicia

14. Libertad y seguridad de la persona

15. Derecho a no ser sometido a torturas u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

16. Protección contra la explotación, la violencia y los abusos

17. Protección de la integridad de la persona

18. Libertad de desplazamiento

19. Vivir independientemente y ser incluido en la comunidad

20. Movilidad personal

21. Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información

22. Respeto de la privacidad

23. Respeto del hogar y de la familia

24. Educación

25. Salud

26. Habilitación y rehabilitación

27. Trabajo y empleo

28. Nivel de vida adecuado y protección social

29. Participación en la vida política y pública

30. Participación en la vida cultural

Tercera parte

31. Recopilación de estadísticas y datos

[32. Cooperación internacional]

33. Aplicación y vigilancia nacionales

34. Vigilancia internacional

Cuarta parte

-Firma

-Ratificación

-Adhesión

-Entrada en vigor

-Enmiendas

-Reservas

-Arreglo de controversias

-Depositario

OBSERVACIÓN: La presente Estructura así como los títulos de los artículos no son definitivos y pueden variar después de la VIII Sesión del Comité Especial.

¿Cuales son los puntos más conflictivos?

Es difícil sintetizar cuáles son los puntos más conflictivos ya que, la convención tiene un carácter integral, es decir, considera a la persona en su totalidad. Sin embargo, se pueden mencionar algunos, como por ejemplo, los referidos a los Derechos de las mujeres y niños y niñas con discapacidad que, algunos Estados sostienen que no es necesario su inclusión pues, las mujeres y los niños y niñas ya están protegidos por otras Convenciones temáticas. Sin embargo, la posición dominante dentro del Proyecto Sur es que, es necesario que la convención contemple específicamente la situación de las mujeres y de los niños y niñas con discapacidad pues siguen siendo objeto de abuso, abandono y malos tratos.

Otros puntos que sugieren un intenso debate se refieren al Monitoreo Internacional, el Desarrollo Inclusivo y la Cooperación Internacional pues, contemplan compromisos de los Estados ante la comunidad internacional.

¿En qué beneficiará a las personas con discapacidad?

Una vez aprobada la convención por las Naciones Unidas y ratificada por los Estados partes, la misma pasará a integrar el ordenamiento legal de cada país y, en consecuencia, las personas con discapacidad y sus organizaciones podrán exigir su cumplimiento.

Para aquellos Estados que ya cuenten con una ley general sobre la discapacidad, será un refuerzo más y, para aquellos que todavía no lo tengan, será un atajo para cubrir un vacío legal mediante un instrumento amplio, integral y moderno. Además, se espera que la convención pueda producir una onda expansiva a nivel mundial, que sirva para adecuar las Instituciones y disposiciones legales existentes, a fin de que puedan facilitar el ejercicio de sus derechos a las personas con discapacidad y no para negarles u obstruirles como ocurre en el presente.

Debe tenerse en cuenta que las leyes no resuelven los problemas por si solas y que son solamente un medio a disposición de las personas. Por lo tanto, es necesario que cada uno conozca sus derechos, sea persona con discapacidad o sin ella, a fin de que pueda ejercerlo adecuada y oportunamente.

¿Cómo puedo obtener más información sobre la Convención?

Existen varias alternativas en Internet.

La primera es visitar el sitio de información oficial en la siguiente dirección:

http://www.un.org/esa/socdev/enable/rights/adhoccom.htm

Otra alternativa es suscribiéndose a la lista de discusión y debate en español en la siguiente dirección: E-mail:

discapacidadyderechoshumanos-subscribe@gruposyahoo.com

Para los debates en idioma inglés, puede consultar al International Disability Caucus en: ADHOC_IDC@yahoogroups.com

En los siguientes enlaces pueden encontrarse materiales explicativos y orientadores sobre el proceso de la Convención:

www.advancednewcomers.com

www.unbeginners.com

Muchas gracias por su interés sobre la convención y no olvide que, derecho que no se conoce y no se ejerce, derecho que desaparece.

Preparado por Julio Fretes.

8 de Marzo de 2006.

fretespy@telesurf.com.py

 

 

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