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1567, mayo, 10 - 1567, mayo, 12. Alhambra.
Autos de la denuncia del fiel de la Alhambra contra Luís Mejía, tabernero, por vender vino blanco a más precio de la postura.
AHA, Leg. 46, p. 10, 1 fol. Mal estado.

(Cruz). En el Alhambra, diez dias del mes de mayo de mill e quinientos e sesenta e siete años.

Antel señor Pedro Silvente de Mieres, alcalde mayor en la dicha Alhambra, paresçió presente Françisco Marañon, fiel e vezino desta dicha Alhambra, e denunçió de Luis Mexia, tendero e tavernero en esta Alhambra, questandole puesto el vino blanco a diez e seys maravedis por açunbre lo a vendido e vende a veynte e a veynte e quatro e a treynta e dos maravedis por açunbre, por lo qual pidió que se proçeda contra él.

E juró la denunçiaçion en forma.


Confesion de Luis Mexia.

E luego, yncontinente, se tomó e resçibió juramento en forma de derecho del dicho Luis Mexia.

So cargo del qual dixo que niega aver vendido el vino blanco a más preçio de a diez e seys maravedis por açunbre, ques el preçio a como le está puesto, e no lo a vendido a ninguno de los preçios contenidos en la denunçiaçion.

E ques la verdad so cargo del dicho juramento que hizo. E no lo firmó porque no sabia.


/Sentençia de prueva./ E luego, el dicho señor alcalde mayor vbo este negoçio por concluso que se reçibiera la prueva con termino de tres dias, con cargo de fecha publicaçion e conclusion.

/Notificaçion./ E luego se notificó lo susodicho al dicho Françisco Marañon, de que doy fee.

/Notificaçion./ En el Alhambra, doze del dicho mes de mayo del dicho año, se notificó lo susodicho al dicho Luis Mexia, de que doy fee.

En el Alhambra, este dicho dia, el dicho Françisco Marañon nonbró por testigos a Juan Gorvalan e a Juan Lopez.

En este dicho dia, yo, el dicho escriuano, de mandamiento del dicho señor alcalde mayor y de pedimiento del dicho Françisco Marañon, notifiqué a Juan Gorvalan que diga su dicho en este negoçio. El qual dixo que no lo puede dezir// avnque lo pongan en la carçel. De lo qual yo, el dicho escriuano, doy fee.

En el Alhambra, en este dicho dia e mes e año susodicho, yo, el escriuano yuso escripto, notifiqué a Juan Lopez, de mandamiento del dicho señor alcalde mayor e de pedimiento del dicho Françisco Marañon, que diga su dicho en este negoçio, el qual bolvió las espaldas e dixo que no lo puede dezir. E dello doy fee.


/Testigo./ En el Alhambra, en este dicho dia, doze de mayo del dicho año, el dicho Françisco Marañon presentó por testigo a Juan de Çea, vezino desta dicha Alhambra.

Y, aviendo jurado e siendo preguntado çerca de lo susodicho, dixo queste testigo conpró del dicho Luis Mexia e de su casa e taverna, oy a dos dias, vn quartillo de vino por çinco maravedis, ques a razon de veynte maravedis por açunbre. Y vna mochacha, hija deste testigo, a ydo de ocho dias a esta parte muchas vezes a conprar vino de casa e taverna del dicho Luis Mexia, e lo a traydo a razon de veynte maravedis por açunbre.

E questa es la verdad so cargo del dicho juramento que hizo. E no lo firmó. E ques de más de veynte e çinco años, e no le tocan las generales.


En el Alhambra, en este dicho dia, el dicho señor alcalde mayor mandó dar e dio mandamiento para apremiar a los dichos Juan Gorvalan e Juan Lopez a que digan su dichos en este negoçio, que son presentados por testigos.

Testigo. En el Alhambra, este dicho dia y mes y año susodicho el dicho Françisco Marañon presentó por testigo a Françisco Diaz, veçino desta dicha Alhambra, que trabaja en las obras de las Casas Reales desta Alhambra.

Y, aviendo jurado en forma de derecho y siendo preguntado çerca de lo susodicho, dixo queste testigo a conprado del dicho Luis Mexia y de su casa y taverna el vino blanco a preçio, cada açunbre, de veynte maravedis de ocho dias a esta parte, y ayer lo conpró a este mismo preçio.

Y es la verdad so cargo del dicho juramento que hizo. E no lo firmó porque no sabía. E es de hedad de más de çinquenta años, e no le tocan las generales.


                                      
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