Por si acaso...Guía para los padres en caso de que estén pensando separarse
Aunque los secuestros cometidos por personas ajenas a la familia reciben más publicidad, un gran número de los secuestros de niños los cometen miembros de la familia o padres que no tienen la custodia de sus hijos. Al contrario de lo que muchos piensan, el secuestro cometido por uno de los padres puede causar un gran trauma al niño, quien sufre las consecuencias de que se le saque del hogar, se le prive de ver a su otro padre y se le obligue a vivir sin rumbo.
Con frecuencia el "secuestro paternal" es producto de la separación de los padres. Otras circunstancias conducentes al "secuestro paternal" son la presentación de papeles de divorcio, los segundos matrimonios o las relaciones íntimas de uno de los padres con una tercera persona, y las pugnas por el sustento del niño, la custodia o las visitas. Si usted está considerando divorciarse, separarse o disolver una relación no matrimonial, o si está atravesando cualquiera de las otras circunstancias que conducen al "secuestro paternal", es hora de que considere tomar medidas para la seguridad de los niños. Este folleto explica las medidas que pueden tomar ambos padres para prepararse en caso de que su niño sea secuestrado. las providencias preventivas que se deben poner en el decreto de custodia, y los pasos conducentes al rescate de un niño secuestrado.
Preparación y prevención
Una sana comunicación diaria con sus niños es la mejor medida de prevención. Constantemente dé pruebas de cariño a los niños. Dígales que los quiere ver siempre, no importa lo que digan los demás. Enséñeles su número de teléfono y código de área, y a marcar el número. Enséñeles a comunicarse con su familia o con algún amigo íntimo. Establezca un clima de confianza y apoyo en el hogar, para que los niños se sientan en libertad de hablar de situaciones que les puedan haber causado miedo.
Si usted presiente la posibilidad de un "secuestro paternal", mantenga una lista de datos acerca de su ex pareja, tales como sus números de seguro social, licencia de manejar, registro del auto, cuentas corrientes y de ahorros, y otros datos que puedan servir para localizar al secuestrador. Sea discreto al conseguir estos datos, para que no vaya a provocar un secuestro o que su pareja cambie dichos números de identificación.
Hay varias cosas que usted debe hacer para prepararse en caso de que su niño sea secuestrado. Mantenga por escrito una descripción completa del niño, que mencione el color del cabello y de los ojos, la estatura, el peso, la fecha de nacimiento, y determinados atributos físicos. Saque fotos en colores del niño cada seis meses, preferiblemente retratos de los hombros hacia arriba tomados desde distintos ángulos, como los que sacan los fotógrafos en las escuelas.
No ignore las amenazas de secuestro que haga su pareja—podrían indicar una frustración creciente que dé lugar a que desaparezca con el niño. Sería conveniente consultar a un consejero familiar para explorar los problemas de la paternidad compartida y los temores de un posible secuestro.
El decreto de custodia
Aunque usted no se haya casado legalmente, debe conseguir la custodia legal de su niño. Muchas madres solteras piensan que automáticamente tienen derecho a la guarda del niño, a menos que haya una orden judicial que diga lo contrario, o piensan que tendrán la cusodia por no haber puesto el nombre del padre en la partida de nacimiento. Ello no es cierto en todos los estados. Además, si el padre se lleva al niño a un estado donde las leyes son distintas, la madre podría encontrar grandes dificultades en conseguir ayuda para recuperar al niño. Para su mayor seguridad, consiga una orden de custodia.
Para obtener la orden judicial de custodia hay que llenar unos papeles legales llamados alegatos ("pleadings") en el tribunal de relaciones familiares. Le será mucho más fácil hacerlo si consigue la ayuda de un abogado. El servicio de referencias del colegio de abogados de su localidad tiene listas de abogados a la disposición del público. Si usted no puede darse el lujo de tener abogado, podría tener derecho a la asistencia jurídica ("legal aid"), o tal vez alguna facultad de derecho de su ciudad tenga una clínica legal para ayudar a personas como usted. Puede que haya una clínica legal en su comunidad donde usted pueda ayudarse a sí mismo por un precio módico. En muchas bibliotecas hay libros sobre derecho de familia, si acaso usted decide leer por su cuenta.
Si usted emplea a un abogado, asegúrese de que esté familiarizado con dos grupos de leyes que le ayudarán a obtener y hacer cumplir la orden de custodia: las leyes relativas a la custodia de los niños del "Uniform Child Custody Jurisdiction Act" y las leyes para prevenir "secuestros paternales" del "Parental Kidnapping Prevention Act". Vaya a la biblioteca de derecho y obtenga copia de cada una de estas leyes, así como de las leyes relativas a secuestros vigentes en su estado.
Considere solicitar que se pongan ciertas cláusulas en su orden de custodia para resguardarse de la posibilidad del "secuestro paternal":
1. Visitas Para proteger los derechos de ambos padres, es importante que las órdenes judiciales sean suficientemente específicas para que se puedan poner en vigor. Estipúlese exactamente lo referente a las fechas y horas en que comienzan y terminan las visitas. Además se debe precisar quién deberá pagar la transportación del niño.
2. Impida el traslado del niño Considere poner una cláusula que prohíba la salida del niño del estado en que reside sin el consentimiento del juez o del padre que tiene la custodia.
3. La fianza Investigue la posibilidad de que el juez le exija a su pareja depositar una fianza (sacar un seguro) para asegurar que no se violarán los derechos de custodia y visita. En caso de que ocurra una violación considerable, la compañía de seguros le pagará a usted la cantidad estipulada, y usted podrá utilizar ese dinero para costear la búsqueda.
4. La custodia conjunta En casos de fricción o desavenencia entre padres que se rigen por un decreto de custodia conjunta, es muy importante que la orden de custodia estipule qué padre debe tener al niño y en qué momentos.
5. El secuestro internacional Usted puede solicitar al tribunal que se prohíba el traslado del niño hacia el extranjero sin su autorización por escrito o la previa aprobación del tribunal. En caso de que su ex pareja todavía no le haya sacado pasaporte al niño, envíe copia certificada de su orden de custodia a la Oficina de Pasaportes del Departamento de Estado y pida que no le otorguen pasaporte al niño sin su autorización escrita. Si su ex pareja es ciudadana de otro país, usted puede mandar copia certificada de su orden de custodia a la embajada de dicho país en Washington. Solicite que le hagan honor a la orden de custodia norteamericana y que no le den el pasaporte del niño a su ex pareja. La embajada no tiene ninguna obligación de aceptar su pedido, pero algunos países lo hacen voluntariamente. En caso de que a su higo se lo lleven para el exterior, pida ayuda a la Oficina de Asuntos Consulares del Departamento de Estado.
6. El padre que no tiene la cutodia La ley federal también garantiza los derechos de visita del padre que no tiene la custodia del niño. El padre no custodio puede pedir que se disponga en la orden de custodia: 1) que el padre custodio consiga autorización del tribunal antes de mudarse a otro estado o país; 2) que ambos padres se tengan al tanto, uno al otro, de la dirección y teléfono corrientes del niño, y 3) que el padre custodio garantice con fianza el cumplimiento de lo dispuesto por el tribunal en cuanto a las visitas. En algunos estados se castiga como delito el "secuestro paternal" del padre custodio que priva al padre no custodio de sus derechos de visita. Averigüe las leyes de su estado en cuanto a este asunto.
MODELO
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NOMBRE DEL NIÑO
Fecha de nacimiento: Edad:
Grado escolar:
Estatura: Peso: Cabello: Ojos:
Color de la piel:
Cicatrices, etc.:
Pasatiempos, deportes, etc.:
Idiomas:
Detalles del secuestro—fecha, lugar:
Indique si hubo violación de la orden judicial, si hay uno orden de arresto archivada.
SI USTED SABE ALGO, FAVOR DE COMUNICARSE CON:
Nombre del agente, departamento de policía: Teléfono:
Número del caso: Número de la orden de arresto (si se tiene):
Centro Nacional para Menores Desaparecidos y Explotados (National Center for Missing and Exploited Children)
1-800-843-5678
NOTA: Todo niño desaparecido DEBERÁ ser inscrito en el Centro Nacional de Niños Desaparecidos y Explotados antes de que el nombre o el número telefónico de la organización pueda agregarse a este volante.
El padre o la madre que ve amenazada la relación que mantiene con su hijo se podría disponer a secuestrar al niño. Por eso debe usted tratar el asunto del sustento del niño como algo aparte de las visitas. En casi todas partes, el dejar de mantener a un hijo no es base legal para negarle a un padre el derecho a las visitas. Igualmente, el que se le prohíban las visitas no es base legal para que deje de mantener al niño. El padre custodio debe permitir las visitas y a la vez acudir al tribunal para que le adjudiquen los pagos para mantener al niño ("child support'). El padre no custodio debe pagar lo que le corresponde y a la vez acudir al tribunal para que le permitan las visitas. Tome en consideración el que interceda un mediador para buscar un acuerdo sobre la custodia, custodia conjunta, o visitas, en vez de tener que enfrentarse a su ex pareja en un juicio.
La mujer que repetidamente es víctima del abuso físico podría verse obligada a irse de la casa con los niños en busca de seguridad. Asimismo, uno de los padres podría huir de su pareja abusiva para proteger a los niños. Sin embargo, consulte con un abogado antes de salir del estado en que reside, a fin de obtener las custodia legal y otras órdenes judiciales de emergencia y protección. De ser necesario, usted podría obtener una orden de custodia temporal en el nuevo estado y entablar prontamente una acción judicial en su estado para obtener la custodia permanente.
Si secuestran a su niño
Para ayudar a localizar al niño secuestrado, tome pronto las siguientes medidas:
1. Informe el secuestro a la policía o a la oficina del alguacil ("sheriff"). Pídales que pongan el nombre y la descripción del niño en la computadora del "National Crime Information Center" (NCIC). Si en su estado hay un centro coordinador de información ("clearinghouse"), asegúrese de que la policía le pase la información.
2. Comuníquese con el Centro Nacional para Menores Desaparecidos y Explotados (National Center for Missing and Exploited Children). Llame al 1-800-843-5678.
3. Si todavía no lo ha hecho, consiga la custodia legal de su niño.
4. Comuníquese con grupos de apoyo opuestos a los "secuestros paternales" para que le ayuden a encontrar a su niño.
5. Mande a hacer volantes o carteles del niño, según el modelo que aparece en este folleto.
6. Busque al niño por su cuenta y conjuntamente con el departamento de policía.
Si necesita más detalles sobre lo que debe hacer si su niño es secuestrado, escriba al "National Center for Missing and Exploited Children" y pida el libro Family Abduction (Secuestros familiar). Además, si usted quiere ayudar a reforzar las leyes de su estado referentes a los "secuestros familiar", pida un ejemplar de Selección de leyes estatales.
Traducción de/Translation by
Inter-American Language Services
PO Box 39210
Washington, DC 20016