Declaración de los Derechos Humanos desde una perspectivas de género | |
Aportes al 50 aniversario de la declaracion universal de derechos humanos
|
2. Declaracion universal de derechos humanos 3. Propuesta de declaracion de los derechos humanos desde una perspectiva de genero 4. Hojas de adhesiones personales 5. Carta modelo para adhesiones institucionales
PresentacionLa Declaración Universal de los Derechos Humanos, firmada luego de la segunda guerra mundial, en 1948, significó el inicio de una era de compromisos por parte de los Estados de respetar los derechos de los ciudadanos y realizar todos los esfuerzos necesarios para garantizar la paz en el mundo.El conocimiento de los derechos humanos consagrados en esa Declaración es un requisito fundamental para el ejercicio de la ciudadanía. Quien no conoce sus derechos no puede exigir su cumplimiento. Luego de 50 años de vigencia de estas normas, las mujeres creemos necesario plasmar un nuevo instrumento, que nos visibilice como sujetos y que incorpore los avances logrados en el área de los derechos humanos en este período, especialmente desde la perspectiva de género y etnicidad.. CLADEM, Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer, es una articulación de personas e instituciones que trabajan por la promoción y defensa de los derechos de las mujeres en 17 países de la región. CLADEM tiene, entre sus prioridades, la defensa de los derechos humanos y su difusión de manera amplia e inclusiva, es decir, sin invisibilizar a las personas ni por su sexo, etnicidad, raza, edad, origen social o económico, religión, u otros motivos. En razón de este objetivo, y dentro de las iniciativas que se vienen planteando a nivel mundial para celebrar el 50 aniversario de la declaración universal, CLADEM esta impulsando una campaña para incorporar la perspectiva de género en el discurso de los derechos humanos. La cartilla que presentamos a continuación, se inscribe en dicha campaña y contiene 4 documentos:
? Declaración Universal de los Derechos Humanos, firmada por
Naciones Unidas en 1948.
Invitamos a quienes la lean a difundir la Declaración Universal
de los Derechos Humanos y a adherirse a la Campaña de CLADEM,
para que la nueva Declaración sea aprobada por Naciones Unidas y
sirva para fortalecer y enriquecer la anterior. Solicitamos envíen
las hojas de adhesión firmadas y las cartas de adhesión,
a:
CLADEM
DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOSPREAMBULOConsiderando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración mas elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias; Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión; Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones; Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derecho de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad; Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre; y Considerando que una Concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso; La Asamblea General Proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Artículo 1
Artículo 2
Artículo 3
Artículo 4
Artículo 5
Artículo 6
Artículo 7
Artículo 8
Artículo 9
Artículo 10
Artículo 11
Artículo 12
Artículo 13
Artículo 14
Artículo 15
Artículo 16
Artículo 17
Artículo 18
Artículo 19
Artículo 20
Artículo 21
Artículo 22
Artículo 23
Articulo 24
Articulo 25
Artículo 26
Artículo 27
Artículo 28
Artículo 29
Artículo 30
DECLARACION DE LOS DERECHOS HUMANOS DESDE UNA PERSPECTIVA DE GENEROAPORTES AL 50 ANIVERSARIO DE LA DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOSDOCUMENTO Nº E/CN.4/1998/NGO/3COMISION DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS - GINEBRA(con revisiones)INTRODUCCION:En diciembre de 1998 las Naciones Unidas conmemorarán el quincuagésimo aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Conociendo la gran trascendencia de este evento, CLADEM (el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer), junto con otras organizaciones regionales e internacionales, ha desarrollado una propuesta que apunta a ser adoptada por los Estados Miembros de las Naciones Unidas.El año 1998 es la ocasión para que los Estados renueven su compromiso con los derechos humanos y para incorporar las perspectivas de género y etnicidad, que han ganado preeminencia desde la adopción de la Declaración Universal, cincuenta años atrás.
Así como la Declaración de 1948 ha constituido un
código
ético para la segunda mitad del siglo XX, consideramos necesario
que hoy, en el umbral del nuevo milenio, los Estados aprueben otro documento
de protección internacional de los derechos humanos que integre
los avances realizados en el pensamiento y experiencia de los derechos
humanos desde 1948, sin invalidar en ninguna forma los logros de la
Declaración
Universal.
PREAMBULO:CONSIDERANDO que la formulación contemporánea de los derechos humanos emergió en un contexto histórico en el que el concepto del ser humano estaba en gran medida limitado al del varón, occidental, blanco, adulto, heterosexual y dueño de un patrimonio,PREOCUPADAS de que por esta limitada concepción del ser humano, los derechos de las mujeres, indígenas, homosexuales y lesbianas, niños, niñas, personas ancianas, personas con discapacidades y otros grupos han sido restringidos, CONVENCIDAS de que un concepto holístico e inclusivo de humanidad es necesario para la plena realización de los derechos humanos, REAFIRMANDO la indivisibilidad, universalidad e interdependencia de los derechos humanos, ASUMIENDO que en el presente contexto de pobreza creciente, desigualdad y violencia, es crucial fortalecer y garantizar la plena vigencia e interconexión de los derechos ambientales, reproductivos, económicos, sociales y culturales, CONSIDERANDO que esta Declaración de ninguna manera reduce la validez de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ni de otros instrumentos internacionales de derechos humanos y que no autoriza actividades contrarias a la soberanía, la integridad territorial y la independencia política de los Estados.
EN CONSECUENCIA, PROPONEMOS A LA ASAMBLEA GENERAL EN SU 53 SESIÓN,
el presente proyecto, para su consideración en la elaboración
de una Declaración para el Siglo XXI,
I. DERECHOS DE IDENTIDAD Y CIUDADANIAArtículo 11.- Todas las mujeres y hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos. 2.- Todos los seres humanos tienen el derecho a disfrutar todos los derechos humanos, sin distinción alguna basada en raza, etnicidad, edad, sexo, orientación sexual, discapacidad física o mental, idioma, religión, opinión política , origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Artículo 2
2.- La esclavitud, la servidumbre y el trafico de mujeres, niñas y niños en todas sus formas, incluyendo aquellas que puedan tener lugar en relaciones familiares, están prohibidas.
Artículo 3
2.- Todos los Estados deberán eliminar obstáculos para el disfrute pleno e igualitario de los derechos ciudadanos por parte de las mujeres. En particular, las mujeres podrán adquirir la ciudadanía sin discriminación y ejercer los mismos derechos que los hombres a participar en todas las esferas de la vida publica y política de la nación.
Artículo 4
2.- Todos los seres humanos tienen el derecho a la protección contra el etnocidio y el genocidio.
Artículo 5
2.- Los pueblos indígenas tienen el derecho al mantenimiento de sus relaciones comerciales y culturales y a sostener comunicación a través de las fronteras nacionales. 3.- Los pueblos indígenas tienen el derecho individual y colectivo a participar en el proceso de adopción de decisiones de sus gobiernos locales y nacionales.
Artículo 6
II. DERECHO A LA PAZ Y A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAArtículo 7Todas las personas tiene el derecho a una vida libre de violencia y a disfrutar de la paz, tanto en la esfera pública como en la privada. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Todas las formas de violencia contra las mujeres constituyen una violación a sus derechos humanos. La violencia no podrá ser usada para negar a las personas su derecho a la vivienda, en particular a partir de las evicciones forzadas.
Artículo 8
2.- Todos los seres humanos tienen derecho a una vida libre de conflictos armados. 3.- Los ultrajes perpetrados contra mujeres, niños y niñas en situaciones de conflicto armado incluyendo los asesinatos, las violaciones, la esclavitud sexual y los embarazos forzados constituyen crímenes contra la humanidad.
Artículo 9
2.- Las mujeres y los representantes de grupos en situación de
desventaja tienen derecho a participar en el proceso de toma de decisiones
en el campo de la seguridad nacional y en la resolución de conflictos.
III. DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOSArtículo 10Todos los seres humanos tienen derecho a la autonomía y a la autodeterminación en el ejercicio de la sexualidad, que incluye el derecho al placer físico, sexual y emocional, el derecho a la libertad en la orientación sexual, el derecho a la información y educación sobre la sexualidad y el derecho a la atención de la salud sexual y reproductiva para el mantenimiento del bienestar físico, mental y social.
Artículo 11
2.- Las mujeres tienen el derecho a la autonomía reproductiva,
la cual incluye el acceso al aborto seguro y legal.
IV. DERECHO AL DESARROLLOArtículo 121.- Todos los seres humanos tienen derecho a disfrutar de los beneficios del desarrollo humano sustentable, de acuerdo a la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. 2.- Las decisiones en relación a las prioridades nacionales y la asignación de recursos, deberá reflejar el compromiso de la nación para la erradicación de la pobreza y la plena realización de los derechos económicos, sociales y culturales, incluyendo la salud física y mental, educación, vivienda adecuada, seguridad alimentaria, igual y equitativo acceso a la tierra, el crédito, tecnología, agua potable y energía.
Artículo 13
Artículo 14
2.- Todas las personas tienen derecho a gozar de las mismas oportunidades
y trato en relación con: el acceso a los servicios de orientación
profesional y empleo; seguridad en el empleo; igual
remuneración
por un trabajo de igual valor, la seguridad social y otros beneficios sociales,
incluyendo descanso y recreación.
V. DERECHOS AMBIENTALESArtículo 15La responsabilidad transgeneracional, la igualdad de genero, la solidaridad, la paz, el respeto por los derechos humanos y la cooperación entre los Estados son bases para el logro del desarrollo sustentable y la conservación del medio ambiente.
Artículo 16
2.- Todas las mujeres y hombres tienen el derecho al acceso a
tecnologías sensitivas a la diversidad biológica, el mantenimiento
de los procesos ecológicos esenciales y los sistemas de
conservación
de la vida en la industria, agricultura, pesca y pastoreo.
2.- Las políticas ambientales estarán dirigidas a:
a) Proveer a los consumidores con adecuada información
, comprensible para personas de toda edad, lengua, origen y grado de
alfabetización.
Declaración de los Derechos Humanos desde una Perspectiva de Género Aportes al 50 Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos
HOJAS DE ADHESIONES PERSONALESCLADEM, Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer, viene impulsando a nivel regional y mundial una campaña dirigida a lograr adhesiones para que los Estados que se reunirán en diciembre de 1998 a propósito del quincuagésimo aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, adopten un instrumento internacional que incorpore los derechos y perspectivas surgidos en esta materia en las últimas décadas, en particular, la perspectiva de género.Esta Declaración plantea el derecho de mujeres y hombres de todas las edades, a gozar de los beneficios de la ciudadanía plena y el desarrollo integral y sostenible; a disfrutar de la paz y vivir una vida libre de violencia, ejerciendo en igualdad sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, sexuales y reproductivos, en un medio ambiente sano, y sin discriminaciones por razón de su origen étnico o racial, sexo, edad, condición social o física, religión, lengua, origen, u otras. Te invitamos a tomar parte en este proceso y a respaldar la propuesta difundiéndola y suscribiéndola.
Nombre
País Doc.
Identidad
Firma
Envíanos lo más pronto posible la presente hoja de adhesión al Apartado Postal 11-0470, Lima - Perú. Correo Electrónico: cladem@chavin.rcp.net.pe
Declaración de los Derechos Humanos desde una Perspectiva
de Género
CARTA MODELO PARA ADHESIONES INSTITUCIONALES.............., ... de ................. de 1998d) (fecha)
Comité de América Latina y el Caribe para la
De nuestra mayor consideración:
Por la presente, nuestra organización
................................................,
con sede en
Dicha declaración –que el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM) ha impulsado junto con otras organizaciones—resulta una propuesta que da cuenta de los últimos avances en materia de conceptualización de los derechos humanos, en particular desde una perspectiva de género. Nuestro respaldo a la Declaración está puesto en la medida que la misma plantea el derecho de mujeres y varones de todas las edades a gozar de los beneficios de una ciudadanía plena sin discriminaciones por razón de su origen étnico o racial, a disfrutar de la paz y a vivir una vida libre de violencia, ejerciendo en igualdad sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, sexuales y reproductivos, y al desarrollo integral y sostenible, en un medio ambiente sano.
Sin más, le sirva la presente como suscripción al proceso
para que cuando los Estados se reúnan en ocasión del
quincuagésimo
aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, adopten
un instrumento internacional como el que se propone.
Les saluda atentamente,
....................................
|